Pueden ser objeto de Patente o Modelo de Utilidad las invenciones, siempre
que sean nuevas, que entrañen una actividad inventiva y sean
susceptibles de aplicación industrial, incluso cuando incidan sobre un
producto compuesto por materia biológica, o que contenga materia
biológica, o sobre un proceso que permita producir, tratar o utilizar
materia biológica.
Se pueden solicitar Patentes para cualquier invención, ya sean
productos o procesos, de todos los dominios de la tecnología, siempre y
cuando esas invenciones respeten los criterios establecidos anteriormente.
También se pueden patentar los procesos nuevos para obtener
productos, sustancias o compuestos ya conocidos.
El registro de Patente o Modelo de Utilidad confiere a su titular el
derecho de impedir a terceros su fabricación, venta o utilización
sin su consentimiento.
La duración de la Patente de Invención es de 20 años,
mientras que un Modelo de Utilidad tendrá una validez máxima de
10 anos (a contar desde la fecha de presentación de la respectiva
solicitud). Para mantenerla en vigor es preciso pagar las tasas anuales a
partir de su concesión.